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Certificación energética: ¿Qué puede hacer el consumidor para evitar fraudes?

En las últimas semanas se han oído voces que alertaban sobre posibles abusos que se estaban cometiendo por parte de supuestos certificadores energéticos. Una de las más críticas ha sido la Unión de Consumidores de Aragón, quien, aparte de criticar la falta de orden en la entrada en vigor de la norma, se centraba en la desprotección que supone para el consumidor el desconocimiento de que titulados pueden realizar la certificación energética.
 
En mi opinión, éste es el punto donde más irregularidades se pueden cometer sobre todo en estos estadios iniciales, y particularmente en aquellas comunidades donde el registro de certificados energéticos no está todavía funcionando.
 
Regularmente nos llegan noticias de detenciones de falsos profesionales que, sin ningún tipo de titulación ni experiencia, ejercen una profesión para la que no están cualificados. Los casos más comunes se suelen relacionar con la práctica de la medicina, llegando a poner en grave riesgo la salud de los pacientes.


 
Tanto en el caso de la medicina como en el de la arquitectura y de la ingeniería (las titulaciones a día de hoy que permiten la firma de la certificación energética) no es difícil para el consumidor evitar los fraudes: solo debe exigir la colegiación del profesional. Hay que recordar que el ejercicio libre de estas profesiones solo puede realizarse si el titulado se encuentra colegiado. Desde Certificanet (una plataforma diferente de certificación energética donde el servicio es directamente ofrecido por empresas especializadas en ahorro de energía y en eficiencia energética que cubren todo el territorio nacional) nos recuerdan que el artículo 3.2. de la Ley de Colegios Profesionales hasta el 2009 establecía que “Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente”. La Ley 25/2009 lo modificó incluyendo  la siguiente redacción al mencionado artículo: “Será requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca una ley estatal”.
 
Si quiere evitarse sorpresas, pregúntele al técnico que haya escogido para realizarle la certificación energética de su inmueble en qué colegio esta inscrito y cual es su número de colegiado. Y si las respuestas no le satisfacen, póngase en contacto con el colegio en cuestión, quienes gustosamente acreditarán, o no, la pertenencia de ese profesional a dicho colegio.
 
Y sobre todo desconfíe si el técnico le cita la Ley Ómnibus o una supuesta Ley de Servicios Profesionales donde ya no se exige la colegiación obligatoria. Dicha ley, que aún no ha sido aprobada, será la que completará el marco normativo anterior y determinará para qué trabajos es necesaria la colegiación. En tanto en cuanto no esté aprobada debemos quedarnos con la redacción anterior y por lo tanto, con la obligatoriedad de colegiación.
 
No se la juegue y exija la colegiación del profesional.

Certificación energética: ¿Qué puede hacer el consumidor para evitar fraudes?

En las últimas semanas se han oído voces que alertaban sobre posibles abusos que se estaban cometiendo por parte de supuestos certificadores energéticos. Una de las más críticas ha sido la Unión de Consumidores de Aragón, quien, aparte de criticar la falta de orden en la entrada en vigor de la norma, se centraba en la desprotección que supone para el consumidor el desconocimiento de que titulados pueden realizar la certificación energética.
 
En mi opinión, éste es el punto donde más irregularidades se pueden cometer sobre todo en estos estadios iniciales, y particularmente en aquellas comunidades donde el registro de certificados energéticos no está todavía funcionando.
 
Regularmente nos llegan noticias de detenciones de falsos profesionales que, sin ningún tipo de titulación ni experiencia, ejercen una profesión para la que no están cualificados. Los casos más comunes se suelen relacionar con la práctica de la medicina, llegando a poner en grave riesgo la salud de los pacientes.

Certificado energético: IDAE recomienda contratar a profesionales con experiencia

Hemos pasado tantos meses discutiendo sobre quienes debían ser los profesionales competentes para la realización de certificados energéticos  (véase mi artículo sobre el tema) que hemos llegado a obviar los más evidente: que por mucha titulación habilitante que un técnico posea, si carece de la experiencia o formación básica, sus servicios serán mediocres.
 
 Esta parece ser la opinión del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE) dependiente del Ministerio de Industria, quien en la documentación adjunta del curso "Certificación de eficiencia energética para los edificios existentes: curso para agentes inmobiliarios", disponible en el portal http://www.aprendecomoahorrarenergia.es , en la página 21 del documento recomienda a los agentes inmobiliarios que se informen sobre los conocimientos y la experiencia profesional de un técnico antes de recomendarlos a sus clientes.



Reproduzco a continuación el texto integro por su importancia: "Ha de tenerse en cuenta que aunque un técnico tenga la capacidad legal de suscribir un certificado de eficiencia energética, no tiene por qué tener los conocimientos específicos sobre certificación y/o las herramientas que para ello se utilizan. Si desea aconsejar a un propietario sobre la elección de uno u otro técnico, infórmese sobre sus conocimientos y experiencia en esta materia."

La recomendación del IDAE, aunque parezca de Perogrullo, refleja una realidad que muchos parecen no querer aceptar: no son muchos los profesionales con conocimientos en ahorro y eficiencia energética, y muchos menos los que poseen experiencia profesional demostrable. Principalmente porque se trata de un sector todavía poco desarrollado en España, a pesar de que sus expectativas de creación de empleo sean muy halagüeñas.

Cuando oigo hablar a algunos profesionales, me da la sensación que reducen los conocimientos técnicos necesarios para la realización de un certificado energético al manejo de alguno de los programas informáticos que el Ministerio de Industria ha puesto a disposición del colectivo. Nada más lejos de la realidad: el manejo del programa es lo menos importante (son bastante sencillos en realidad), lo fundamental es la toma de datos y el análisis posterior de los mismos, y en esto, como en todo, la experiencia es un grado.

Cuando algún compañero me ha preguntado acerca de la necesidad de realizar alguno de los múltiples cursos que han proliferado sobre el manejo de esos programas informáticos, siempre le he preguntado antes sobre sus conocimientos en ahorro de energía y eficiencia energética. No creo que aprender el manejo de un fonendoscopio habilite a nadie para ejercer la medicina...
 
El consumidor debe de ser consciente de esta realidad y escoger a la empresa o al profesional que le vaya a realizar la certificación energética de su inmueble entre aquellos que tengan una sólida y dilatada trayectoria profesional ligada al ahorro de energía y a la eficiencia energética. Solo así se evitará las sorpresas y los sinsabores que siempre producen las malas decisiones. Al fin y al cabo, casi todos hemos tenido que sufrir alguna vez la chapuza realizada en nuestro hogar por un profesional poco competente...
 
Y el técnico, profesional al servicio de la sociedad, debe ser responsable y crítico consigo mismo: "zapatero a tus zapatos", reza el refrán castellano. Y si queremos reparar zapatos, formémonos antes y que nuestro cliente no sea el perjudicado por nuestras carencias.

Por cierto, recomiendo a todos los agentes inmobiliarios que se inscriban en la web de la plataforma "Aprende a ahorrar energía" y que dediquen media hora a la realización de este curso específicamente diseñado para ellos. Vale la pena.

Certificado energético: IDAE recomienda contratar a profesionales con experiencia

Hemos pasado tantos meses discutiendo sobre quienes debían ser los profesionales competentes para la realización de certificados energéticos  (véase mi artículo sobre el tema) que hemos llegado a obviar los más evidente: que por mucha titulación habilitante que un técnico posea, si carece de la experiencia o formación básica, sus servicios serán mediocres.
 
 Esta parece ser la opinión del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE) dependiente del Ministerio de Industria, quien en la documentación adjunta del curso "Certificación de eficiencia energética para los edificios existentes: curso para agentes inmobiliarios", disponible en el portal http://www.aprendecomoahorrarenergia.es , en la página 21 del documento recomienda a los agentes inmobiliarios que se informen sobre los conocimientos y la experiencia profesional de un técnico antes de recomendarlos a sus clientes.

Certificado energético: como hacerlo atractivo al ciudadano

Tras este paréntesis de más de dos semanas sin aportar ningún artículo, he decidido retomar el trabajo vinculándolo a mi último post, que se centraba en los puntos menos notables del certificado energético.

Como hemos comentado muchos profesionales en otros foros, una de las mejores maneras de fomentar el ahorro de energía y la eficiencia energética es monetarizarla, es decir, presentársela al gran público como el ahorro económico contante y sonante que cada mes se podría conseguir. Y si esto lo ligáramos a una atractiva política estatal de apoyo a la rehabilitación (quizás ya no mediante subvenciones pero sí por lo menos de créditos blandos), quizás España abandonase los primeros puestos de la lista de los países más energéticamente dependientes del exterior.
 

Da la casualidad que la pasada semana un colaborador me remitió una certificación energética realizada en el Reino Unido, y, cual fue mi sorpresa,: además de presentarse en un formato gráfico más atractivo, justamente se basaba en los dos aspectos anteriormente comentados: monetarización del ahorro de energía y ayudas estatales en forma de crédito.

Os dejo aquí los archivos de imagen que representan cada una de las 5 páginas del certificado energético británico:







Lo primero que llama la atención cuando lo comparamos con nuestra certificación energética es la casi total ausencia de referencias a emisiones de CO2 o unidades de energía. Desde la primera página la unidad principal es la libra, y no me refiero a la unidad de peso anglosajona. 

Nada más comenzar se informa del coste energético del inmueble durante los próximos 3 años, y del ahorro potencial que se puede lograr en ese mismo periodo, todo ello muy bien desglosado en iluminación, calefacción y agua caliente sanitaria. Pronto se da uno cuenta que el propósito del documento no es la calificación en si misma (y sin embargo califica) sino el aspecto comparativo con otros  inmuebles y los ahorros que se conseguirían con inversiones en rehabilitación energética. Acaba la primera página con el resumen de medidas estrella que más ahorro conseguirían (aislamiento de muros, suelo y mejora de la impermeabilidad frente a corrientes de aire).

Un aspecto muy importante, en mi opinión, lo encontramos en la segunda página: un listado de los elementos constitutivos del inmueble y su calificación en función del grado de ahorro de energía que proporcionan. Yo en particular, echo de menos algo similar en nuestra certificación.

Y casi a continuación llega el asunto de las ayudas para la rehabilitación, en este caso de una manera bastante ingeniosa: el estado financia mediante un crédito las obras de mejora, y el propietario del inmueble las paga a partir de los ahorros a través del recibo de la electricidad. Algo interesante (e incluso extraño): si el propietario se muda a otra vivienda, el nuevo titular del recibo eléctrico de esa vivienda continuará pagando las cuotas. Y por supuesto, números de teléfono y direcciones web que informan sobre ahorro de energía.

Luego se sigue con la recomendaciones de mejora, siempre referenciadas a la cifra de ahorro económico anual que consiguen. Eso sí, solo las más sencillas: la biomasa, las bombas de calor geotérmicas o de aerotérmia, y la cogeneración solo se nombran como alternativas, sin detenerse en ellas pues, como todos sabemos, no son las medidas más simples de implementar.

Y sigue hasta el final ofreciendo un paquete de medidas de ahorro básicas, los datos del certificador e información general sobre el consumo energético en los hogares británicos.

En resumen, si comparamos ambos modelos de certificación, nuestro modelo es un documento excesivamente academicista, que solo puede ser interpretado por un público con conocimientos técnicos, y poco intuitivo. Por contra, la certificación británica apunta directamente al bolsillo, que como coincidiremos casi todos, es donde se guarda la llave que abre la puerta del ahorro de energía. 

Menos CO2 y más libras (euros, perdón)...


Certificado energético: como hacerlo atractivo al ciudadano

Tras este paréntesis de más de dos semanas sin aportar ningún artículo, he decidido retomar el trabajo vinculándolo a mi último post, que se centraba en los puntos menos notables del certificado energético.

Como hemos comentado muchos profesionales en otros foros, una de las mejores maneras de fomentar el ahorro de energía y la eficiencia energética es monetarizarla, es decir, presentársela al gran público como el ahorro económico contante y sonante que cada mes se podría conseguir. Y si esto lo ligáramos a una atractiva política estatal de apoyo a la rehabilitación (quizás ya no mediante subvenciones pero sí por lo menos de créditos blandos), quizás España abandonase los primeros puestos de la lista de los países más energéticamente dependientes del exterior.
 

Certificado energético: inconsistencias, aspectos oscuros y puntos de mejora.

Hace casi un mes que se aprobó el Real Decreto de certificación energética y alguna semana desde que se publicó en el BOE. Ahora que hemos tenido tiempo de analizarlo y compararlo con los borradores anteriores, creo que podemos emitir un dictamen sobre el texto definitivo.
 
 
Como en todas las normativas que buscan un beneficio medioambiental, siempre queda la sensación de que se podría haber sido más ambicioso y haber aprovechado la oportunidad para aspirar a lo máximo y no quedarnos en consensos de mínimos. Pero también es cierto que este ya famoso Real Decreto 235/2013 de certificación de eficiencia energética de edificios ha sido objeto de encarnizados debates y ha creado un nivel de expectativa como  seguramente ningún otro Real Decreto de corte técnico en la historia. Al final, se ha buscado agradar a todas las partes involucradas, pero en mi opinión se ha conseguido un nivel bastante alto en el grado de adhesión al espíritu que marcaban las directivas europeas (del 100%). Aun así, hay algunas sorpresas negativas, aspectos poco claros y puntos de mejora.


 
El primer punto negativo, a mi entender el más importante, es no solo la eliminación del ámbito de aplicación del RD a las reformas, rehabilitaciones o modificaciones de importancia en edificios existentes, sino la inclusión en el listado de excepciones a la norma. Tal decisión carece de argumento alguno desde el momento en que en el preámbulo se define como objetivo de la norma el fomentar las inversiones en ahorro de energía. Cierto es que la directiva europea 2010/31/UE no incluye este supuesto en su ámbito de aplicación, pero creo que se ha malogrado una buena oportunidad para el fomento de la certificación energética.
 
Otro aspecto negativo es el de la indefinición de los futuros técnicos competentes para realizar el certificado energético. Como ya he manifestado en otros artículos de este blog sobre certificación energética, creo que otros profesionales con titulaciones de grado superior podrían hacerse cargo de la certificación energética de ciertos inmuebles. Pero el texto aprobado simplemente deja la puerta abierta a que en un futuro (cercano o lejano) se pueda ampliar a estos profesionales la habilitación para la realización de estos trabajos. Si se tarda mucho en definir que titulaciones pueden añadirse a la lista de técnicos competentes se habrá perdido un posible foco de generación de empleo para esos profesionales. No olvidemos que el grueso de trabajo a realizar lo tenemos ahora delante, pues contamos con un gran stock de inmuebles a la venta o en alquiler. Dado el retraso en el la aparición del RD, bien se podría haber aprovechado ese tiempo en definir claramente este aspecto.
 
El Real Decreto también tiene puntos que no han quedado muy claros, o que no han sido entendidos por lo profesionales. Entre estos hay dos que están generando bastante debate:
 
  • Certificación de edificios, o sus partes, de menos de 50 m2.
  • Certificación de edificios, o sus partes, de titularidad privada de más de 500 m2 y abiertos al público.
Según la interpretación que hago yo de la norma, en el primer caso solo los inmuebles de menos de 50 m2 "aislados" (o "independientes" como los denomina la directiva europea) no deben ser certificados. Pero como digo, hay otras interpretaciones, como la del Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales que piensa que no se debe certificar ningún inmueble, o sus partes, de menos de 50 m2.
 
Respecto al segundo punto, cuando aparecieron los primeros borradores del futuro Real Decreto, yo entendí que, buscando una acción ejemplarizante, todos los inmuebles de más de 500 m2 de titularidad privada y visitados regularmente pro el público deberían obtener su certificado energético, y mostrarlo en lugar bien visible. Con el texto definitivo delante, entiendo que esa obligación ha desaparecido y se reduce únicamente a la aplicación de la casuística que se define en el ámbito de aplicación del RD (es decir, cuando se vendan o alquilen). En mi opinión, se ha vuelto a perder una buena oportunidad para el fomento del certificado energético, aunque, de nuevo, este supuesto nunca formó parte de la directiva europea anteriormente mencionada.
 
Me gustaría abrir un debate al público y pedir que propongáis aspectos de mejora para este nuevo y flamante Real Decreto.
 
Por cierto, aun estoy sorprendido porque no haya aparecido el habitual RD de corrección de errores típico en cualquier normativa de corte técnico. Igual lo vemos dentro de poco, pues alguna errata y gazapo se ha colado en la redacción publicada en el BOE.
 
 

Certificado energético: inconsistencias, aspectos oscuros y puntos de mejora.

Hace casi un mes que se aprobó el Real Decreto de certificación energética y alguna semana desde que se publicó en el BOE. Ahora que hemos tenido tiempo de analizarlo y compararlo con los borradores anteriores, creo que podemos emitir un dictamen sobre el texto definitivo.
 
 
Como en todas las normativas que buscan un beneficio medioambiental, siempre queda la sensación de que se podría haber sido más ambicioso y haber aprovechado la oportunidad para aspirar a lo máximo y no quedarnos en consensos de mínimos. Pero también es cierto que este ya famoso Real Decreto 235/2013 de certificación de eficiencia energética de edificios ha sido objeto de encarnizados debates y ha creado un nivel de expectativa como  seguramente ningún otro Real Decreto de corte técnico en la historia. Al final, se ha buscado agradar a todas las partes involucradas, pero en mi opinión se ha conseguido un nivel bastante alto en el grado de adhesión al espíritu que marcaban las directivas europeas (del 100%). Aun así, hay algunas sorpresas negativas, aspectos poco claros y puntos de mejora.

Certificado energético: un grave error que se está cometiendo

El pasado 5 de abril el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto de certificación energética de edificios, cuyo texto definitivo fue publicado ayer en el BOE. En próximos artículos me detendré en el análisis de la norma finalmente aprobada, pero hoy prefiero centrarme en un detalle que considero de extrema importancia y que los profesionales del sector, en mi opinión, no lo estamos gestionando bien.
 
A pesar de no conocer el contenido del Real Decreto hasta ayer, y de que la obligatoriedad de su aplicación no llegará hasta el 1 de junio, algunos interpretaron su aprobación hace 9 días como el pistoletazo de salida de una carrera contrarreloj (los que comenzaron entonces a realizar acciones comerciales para ofrecer sus servicios) y otros como un punto de avituallamiento en una maratón (los que llevan ya meses realizándolas).


 
Como he comentado en algún que otro artículo de este blog sobre certificación energética, tengo un amigo propietario de una inmobiliaria, de tamaño mediano, con el que tuve oportunidad de charlar durante la semana pasada. Durante la charla salió a relucir el tema del certificado energético y me manifestó el hastío y las molestias que le estaba produciendo: desde el viernes 5 de abril por la tarde comenzó a recibir un sinnúmero de emails y llamadas (alrededor de 10 emails y 5 llamadas diarias) de técnicos ofreciendo sus servicios. Incluso me comenta con asombro que aparecen por sus oficinas técnicos que sin, cita previa, pretenden reunirse con él .
 
Esta especie de "histeria colectiva" (así lo ha denominado mi amigo) me ha hecho reflexionar sobre si ésta es la manera  más adecuada de actuar para lograr una correcta implantación del certificado energético. Más allá de juzgar las molestias que se puedan estar causando a los profesionales del sector inmobiliario (a quién en su trabajo no le ha interrumpido alguna vez   un comercial que se presenta sin previo aviso), quiero manifestar que considero que la gran mayoría de técnicos se está equivocando en el objetivo: apuntar hacia el cliente, o el intermediario, no me parece la mejor opción en este momento, pues no olvidemos que es quien corre con los gastos y que no se beneficia de las virtudes del certificado energético.
 
Simplifiquemos el asunto, y obviemos por un momento que el certificado energético se pretende implantar para beneficiar al conjunto de la sociedad: ¿quién resulta  perjudicado? Evidentemente el cliente, que como mínimo aumenta sus costes. ¿Y quién resulta beneficiado? Se podrían dar varias respuestas, pero el único que siempre podría beneficiarse del certificado energético y de la información que éste le aporta sobre su futuro hogar es el comprador o inquilino. Es decir, podemos reducir nuestro análisis simplemente a una cuestión entre propietario y futuro propietario o inquilino (el resto de actores de esta película somos, nos guste o no, secundarios).
 
¿Y quién es el prescriptor de este mercado? Es decir, ¿quién puede realmente ayudar a que los técnicos realicen muchos certificados energéticos? La administración no parece el candidato ideal, pues aunque seguramente pondrá en marcha alguna campaña de promoción, todos sabemos sus limitaciones actuales de presupuesto, lo que se traducirá en un mínimo seguimiento del cumplimiento de la norma. Los propietarios de inmuebles no creo que de motu propio se lancen a solicitar el certificado energético si no se lo exige nadie, por lo que tampoco es la mejor opción. El único que realmente tiene el perfil de prescriptor de mercado es el comprador o inquilino de ese inmueble a la venta o en alquiler, pues si él considera que solicitar el certificado energético al propietario le proporcionará algún beneficio, lo exigirá siempre, favoreciendo su difusión e implantación.
 
En resumen, el sector debería, por lo menos hasta pasados unos meses tras la entrada en vigor, no solo cambiar de objetivo, si no realizar un esfuerzo colectivo y orquestar una campaña de información veraz y rigurosa que difunda las bondades del certificado energético para la sociedad en su conjunto, y para el futuro propietario o inquilino en particular. Solo así conseguiremos que una norma que lleva ya más de 5 años funcionando sin éxito, se convierta en algo habitual y aceptado por la sociedad.
 
Creo firmemente que no es el momento de las acciones comerciales agresivas y sí el de la formación y concienciación del gran público. No olvidemos que, por más que llevemos nosotros meses dándole vueltas a este asunto, sigue siendo un gran desconocido para la mayoría.
 

Certificado energético: un grave error que se está cometiendo

El pasado 5 de abril el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto de certificación energética de edificios, cuyo texto definitivo fue publicado ayer en el BOE. En próximos artículos me detendré en el análisis de la norma finalmente aprobada, pero hoy prefiero centrarme en un detalle que considero de extrema importancia y que los profesionales del sector, en mi opinión, no lo estamos gestionando bien.
 
A pesar de no conocer el contenido del Real Decreto hasta ayer, y de que la obligatoriedad de su aplicación no llegará hasta el 1 de junio, algunos interpretaron su aprobación hace 9 días como el pistoletazo de salida de una carrera contrarreloj (los que comenzaron entonces a realizar acciones comerciales para ofrecer sus servicios) y otros como un punto de avituallamiento en una maratón (los que llevan ya meses realizándolas).