tag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.comments2023-09-20T12:18:07.092+02:00Certificado energético ZaragozaJosé Javier Sánchezhttp://www.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.comBlogger141125tag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-66427300338959691232019-06-22T18:02:52.802+02:002019-06-22T18:02:52.802+02:00okokdonghttps://draft.blogger.com/profile/08155521315033542221noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-14350885740475697322018-01-14T15:22:36.199+01:002018-01-14T15:22:36.199+01:00El "Decreto 46/2014, de 1 de abril, del Gobie...El "Decreto 46/2014, de 1 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan actuaciones<br>en materia de certificación de eficiencia energética de edificios y se crea su registro,<br>en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón" define en el capítulo VII el régimen sancionador, el cual considera el incumplimiento de las obligaciones e materia de certificación energética como infracciones en materia de protección y defensa de los consumidores y usuarios, pero no hace referencia a donde presentar una denuncia. Yo le recomendaría ponerse en contacto con la Dirección General de Energía y Minas / Servicio de Planificación Energética (976 716512, 976 715588 y 976 715185) donde le informarán de como proceder.José Javier Sánchezhttps://draft.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-86312505464283575562018-01-10T11:04:41.898+01:002018-01-10T11:04:41.898+01:00En el caso de que un particular o inmobiliaria est...En el caso de que un particular o inmobiliaria estuviera vendiendo o alquilando un inmueble sin el correspondiente certificado, ¿donde se podría denunciar?Anónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-79392020574003159152016-11-16T17:21:17.729+01:002016-11-16T17:21:17.729+01:00Parece fácil complementar todos los datos necesari...Parece fácil complementar todos los datos necesarios para el certificado energético, de todos modos, muchas gracias por los consejos aquí mencionados y el paso a paso. Certificado energéticohttp://www.gestcomsol.esnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-49446818404012221362015-05-13T21:29:54.586+02:002015-05-13T21:29:54.586+02:00No me costa que ha sanción alguna, aunque parece s...No me costa que ha sanción alguna, aunque parece ser que a administración autonómica quiere poner fin a tanta estafa al consumidor que se está cometiendo con la certificación energética y comenzar a sancionar tanto a técnicos redactores de certificados energéticos como a propietarios que incumplen la norma.José Javier Sánchezhttps://draft.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-23916133989663597302015-05-11T11:11:12.074+02:002015-05-11T11:11:12.074+02:00¿Conoces si se ha sancionado ya a algun tecnico po...¿Conoces si se ha sancionado ya a algun tecnico por Aragón?<br><br>Aqui en la Comunoidad Valenciana he oido hablar de algun caso en estudio, pero aun no conozco sanciones. Pero vamos, es cuestion de tiempo, porque como imagino que ocurre en todas partes, se estan haciendo certificados energeticos a mansalva sin visita y con datos por defecto a tutiplen.<br><br>Un saludo.Certificado Energético Alicantehttp://www.certificado-energetico-alicante.es/noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-5820546083674308752014-10-03T01:33:24.687+02:002014-10-03T01:33:24.687+02:00¿ y ya que me dices de que un técnico en EFICIENCI...¿ y ya que me dices de que un técnico en EFICIENCIA ENERGÉTICA no pueda?<br>cuando básicamente, los dos años de formación, los dedicamos a eso, conocimiento y manejo de los programas de certificación, auditorías, etc...<br>Me hierve la sangre!!<br>¿quien ha valorado la capacidad de unos u otros para esta función?Anónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-78897142725435943432014-08-22T10:18:39.418+02:002014-08-22T10:18:39.418+02:00En primer lugar, agradecerte tu participación en e...En primer lugar, agradecerte tu participación en el blog, el cual lo tengo un poco abandonado últimamente, y pedirte disculpas por mi tardanza en aprobar tus comentarios.<br><br>Estoy de acuerdo contigo en algunos aspectos, como que las leyes deben de actualizarse, pero eso no debe dar pie a un proceso de liberalización que solo acabará perjudicando al consumidor. Respecto a la titulación que nombras, no dudo de su cualificación, y esteré encantado de daros la bienvenida al sector de la certificación energética tan pronto como exista legislación que os otorgue competencias.<br><br>Lo cierto es que mi artículo no va en la dirección que muchos han entendido (la proteccionista, es decir, defender quien puede y no puede realizar un certificado energético) si no que solo pretende destacar la falta de necesidad de definir legalmente una figura como la del técnico auxiliar en una labor como la certificación energética. Existe un firmante de este documento y el es el responsable de los medios y personal en los que se apoya. Y si se crea legalmente esa figura, yo solicito que lleve asociada la responsabilidad inherente a su función. <br><br>En mi opinión, estamos poniendo puertas al campo...José Javier Sánchezhttps://draft.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-13891313482728013192014-08-14T12:55:39.483+02:002014-08-14T12:55:39.483+02:00¿Sabíais que los TSPC tienen más horas en eficienc...¿Sabíais que los TSPC tienen más horas en eficiencia que los ARq Técnicos?<br><br>Los Titulados en Proyectos en Construcción y los de Eficiencia Energética son Titulados totalmente formados, no como Auxiliares, sino como Competentes y esperamos que asi se resuelva en la Orden Ministerial pendiente de publicación.<br>Mientras, SOMOS (no podemos ser) SOMOS, técnicos auxiliares cpacitados para la toma de datos y redacción de la certificación energética, la cual debe REPASAR y firmar otro Competente.<br><br>Por otro lado nos hace gracia este comentario;<br><br>"...Y se me ocurre un símil entre la labor de delineante y la del arquitecto: un arquitecto (una profesión regulada que no puede ejercer cualquiera salvo los poseedores del título habilitante) se apoyará en un delineante (un técnico con la titulación habilitante para ejercer esa profesión definida y tutelada en sus planes de estudios por el Estado)..."<br><br>Cuanto desconocimiento hay sobre nuestra profesión, os vamos a definir la profesión de Delineante con tus propias palabras;<br><br>Delineante; (una profesión regulada que no puede ejercer cualquiera salvo los poseedores del título habilitante), sorprendido?...pues cierto, somos profesión regulada y colegiada, la profesión solo la pueden ejercer los Títulados y Colegiados (esto último valorable) pero es lo que dice la ley.<br><br>Valga de ejemplo una resolución judicial;<br><br>Todas las profesiones que tienen Colegio Profesional, requieren para su ejercicio la colegiación, siendo ésta obligatoria por imperativo legal, tal y como señala la sentencia 89/1989 del Tribunal Constitucional que considera la colegiación obligatoria, como un requisito legal, en razón de los intereses públicos vinculados al ejercicio profesional. Criterio reiterado en la sentencia del máximo Tribunal de 17 de julio de 1989. De no cumplirse estos requisitos legales, se puede incurrir en una infracción penal de intrusismo profesional."<br><br>por otro lado;<br><br>La disposición transitoria cuarta de la Ley 25/2009 (la famosa Ley Omnibús), que es la misma que introdujo la redacción actual del art. 3.2 de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, dice:<br><br> Vigencia de las obligaciones de colegiación.<br><br> En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.<br> Dicho Proyecto deberá prever la continuidad de la obligación de colegiación en aquellos casos y supuestos de ejercicio en que se fundamente como instrumento eficiente de control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios y en aquellas actividades en que puedan verse afectadas, de manera grave y directa, materias de especial interés público, como pueden ser la protección de la salud y de la integridad física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas.<br> Hasta la entrada en vigor de la mencionada Ley se mantendrán las obligaciones de colegiación vigentes.<br><br>Por tanto, mientras no entre en vigor esa Ley la colegiación sigue siendo obligatoria transitoriamente (o "sine die" si los plazos se incumplen como viene siendo habitual)<br><br>Va siendo hora que las leyes, normas, decretos..etc...se vayan adaptando a las nuevas titualciones, y los técnicos habituales dejar ejercer a los nuevos titulados que para eso estudian, dejar de ningunear. Una de las leyes que debe cambiar urgentemente en la LOE y adecurase, registrar las nuevas titulaciones y sus campos de trabajo.<br><br>Nosotros también creemos que el Arquitecto solo debe DISEÑAR, más se meten en todos los campos, lo último de lo último, es que (no reuerdo cual), un Colegio de Arquitectos solicitando al Ayuntamiento que la documentación para obras menores fuera firmada por Arquitectos. En fin, yo a esto lo llamo EGOCENTRISMO.<br><br>Un saludo, UNION DELINEANTES - TECNICOS COMPETENTES, búscanos en facebook y twitter.Anónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-23113305995575274492013-12-18T11:42:29.540+01:002013-12-18T11:42:29.540+01:00No creo que, de manera genérica, se menosprecie a ...No creo que, de manera genérica, se menosprecie a nadie (de hecho, concretamente en el artículo ni hace mención a ese tema). Solo trato la necesidad de crear una figura, la del técnico auxiliar, que no la considero acertada si no lleva implícita una responsabilidad asociada. Respecto a tu comentario, estoy de acuerdo con matices: habrá excelente ingenieros agrónomos o navales con una gran experiencia en ahorro y eficiencia energética, pero no serán nunca la mayoría de su colectivo. El problema es que un cliente que contrate un servicio va a desconocer ese detalle, y puede contactar con uno que esté muy formado o con uno que no lo esté en absoluto. Mientras la ética profesional era un principio máximo respetado pro todos, no había problema; si no conocías el tema en profundidad no aceptabas el encargo. Pero ahora eso ha desaparecido.. Recientemente he conocido una propuesta denominada certificación de competencias profesionales que estaba dirigida al colectivo de ingenieros. Certifican tu experiencia y conocimientos más allá de tu titulación. Podría ser una solución.José Javier Sánchezhttps://draft.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-75537086454933915202013-12-18T11:12:22.379+01:002013-12-18T11:12:22.379+01:00Quizás se debería de dejar de menospreciar a los I...Quizás se debería de dejar de menospreciar a los Ingenieros Agrónomos en este país. Yo he hecho esa titulación con casi la totalidad de asignaturas optativas y de libre sobre temas de ingeniería rural, entre las cuales están temas de construcción rural, eficiencia energética en la edificación, etc..etc... si a eso le añades experiencia laboral en la construcción, y se realizan pertinentes cursos (Ej: CE3X, etc...) pues dime majo que no está uno preparado. <br><br>Otra cosa será que haya otros compañeros más especializados en agronomía pura y dura, ganadería, genética, alimentos, etc... pero primero a ver si nos vamos enterando de una puñetera vez que un Ing. Agr. hace más cosas que poner lechugas en el sigo XXI.<br><br>Y por último, comentar que el Estado lo que ha hecho ha sido hacer un corte, dándo las competencias por titulación dejándo unos vacíos legales bastante gordos, porque efectivamente, hay gente con una FP muy preparada o gente con una experiencia laboral totalmente digna para que con apenas algún curso de formación complementario pudiera certificar. Pero es lo que tiene que se hagan las cosas siempre tarde y mal en este país.Anónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-12931855986645227552013-12-12T16:26:42.351+01:002013-12-12T16:26:42.351+01:00La relación de precios estoy de acuerdo en que es ...La relación de precios estoy de acuerdo en que es buena, ya quisiéramos muchos cobrar estos precios por Certificados o Auditorías. El problema es que estos precios se han hecho para que los cobre SEGIPSA mientras nosotros seguimos cobrando precios de risa. El problema es que el Gobierno haciendo esto parece que se ha reído del resto de Certificadores. Si quiere establecer unos precios que los establezca para todos.Laura González Montes - Certiahorahttp://www.certiahora.esnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-70247219920352932292013-12-02T14:29:28.936+01:002013-12-02T14:29:28.936+01:00No me parece mala relación de precios considerando...No me parece mala relación de precios considerando los costes, sobre todo de mano de obra, en los que hay que incurrir para realizar un certificado energético de calidad.Eficiencia energética Zaragozahttp://www.eficiencia-energetica-zaragoza.es/noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-63144834933754241622013-11-26T16:12:51.894+01:002013-11-26T16:12:51.894+01:00Disculpa por el retraso. Pues la nueva norma estab...Disculpa por el retraso. Pues la nueva norma establece una limitación al consumo de energía de los inmuebles residenciales privados pero no establece límites mínimos para su calificación energética. Certificado energetico Zaragozahttp://www.certificacionenergeticazaragoza.esnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-58886405512168810402013-11-13T19:41:49.156+01:002013-11-13T19:41:49.156+01:00y ¿Habrá algún cambio para los edificios de uso re...y ¿Habrá algún cambio para los edificios de uso residencial privado? o se seguirán haciendo principalmente tipo C y DAnónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-47452473794239295372013-09-19T09:02:58.733+02:002013-09-19T09:02:58.733+02:00Toda la razón. No se definía obligatoriamente la c...Toda la razón. No se definía obligatoriamente la creación de un registro si no que era de carácter voluntario. Mis disculpas.José Javier Sánchezhttps://draft.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-65480773395750412282013-09-19T07:45:08.807+02:002013-09-19T07:45:08.807+02:00Un matiz: el Registro de CEE de edificios de nueva...Un matiz: el Registro de CEE de edificios de nueva construcción no era obligatorio desde 2007 como aquí se afirma, sino que lo es desde el 1 de junio de 2013, al igual que el de edificios existentes.Anónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-27164745091574941582013-08-11T06:43:46.091+02:002013-08-11T06:43:46.091+02:00Me parece increíble que un Ingeniero Agrónomo, Aer...Me parece increíble que un Ingeniero Agrónomo, Aeronáutico, etc, esté más capacitado que un Técnico Superior en Eficiencia EnergéticaAnónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-77519709633469269302013-07-26T18:06:07.563+02:002013-07-26T18:06:07.563+02:00Debo aclarar que:Por tanto y en relación con la Le...Debo aclarar que:<br><br>Por tanto y en relación con la Ley 38/1999, son técnicos competentes para suscribir el certificado de eficiencia energética en los edificios, además de:<br>los arquitectos, arquitectos técnicos ó aparejadores, <br>las personas que, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones de 15 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Universidades, dispongan de las siguientes titulaciones:<br>Ingeniero Aeronáutico<br>Ingeniero Agrónomo<br>Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos<br>Ingeniero Industrial<br>Ingeniero de Minas<br>Ingeniero de Montes<br>Ingeniero Naval y Oceánico<br>Ingeniero de Telecomunicación<br>Ingeniero Técnico Aeronáutico<br>Ingeniero Técnico Agrícola<br>Ingeniero Técnico Forestal<br>Ingeniero Técnico Industrial<br>Ingeniero Técnico de Minas<br>Ingeniero Técnico Naval<br>Ingeniero Técnico de Obras Públicas<br>Ingeniero Técnico Telecomunicación<br>Ingeniero Técnico TopógrafoAnónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-41486859521078098502013-07-15T13:43:27.067+02:002013-07-15T13:43:27.067+02:00Efectivamente, cuidado con las practicas de falsos...Efectivamente, cuidado con las practicas de falsos certificadores, exigir la titulación adecuadaAnónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-49571568534860717412013-07-15T09:37:45.475+02:002013-07-15T09:37:45.475+02:00Pues no puedo nada más que darte la razón. Algunos...Pues no puedo nada más que darte la razón. Algunos con el único ánimo de vender cursos de formación agitaron el árbol y los profesionales y sus colegios, en un ejercicio totalmente surrealista motivado por la escasez de encargos, no se les ocurrió otra cosa que secundarlo. Y para rematar la faena el Ministerio de Industria, Energía y Turismo acaba por aceptar esa reclamación. José Javier Sánchezhttps://draft.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-47054838226066678632013-07-15T08:59:06.722+02:002013-07-15T08:59:06.722+02:00Hola a todosEstoy bastante indignado con el catálo...Hola a todos<br><br>Estoy bastante indignado con el catálogo de titulaciones que permiten la firma de certificados a dia de hoy.<br>Yo soy Tecnico superior en desarrollo de proyectos urbanisticos y operaciones topográficas,(además de ingeniero técnico aeronáutico con especialidad en aeronaves).<br>Me parece ALUCINANTE que pueda firmar estos certificados como ingeniero (ya que en la carrera el unico ladrillo que vi fue el de la escuela, que por cierto tiene mucho), mientras que en el ciclo de FP si que aprendí ciertos temas sobre eficiencia energética, renovables y por supuesto CONSTRUCCIÓN y NORMATIVA.<br>No entiendo que un ITA como yo, o un agronomo o ya lo más espectacular y rocambolesco, un TELECO, pueda firmar un certificado de este tipo (ya ni me molesto en comentar nada sobre los navales y oceánicos)<br>Me parece que un delineante con cierta experiencia o con un curso de reciclaje podría firmar perfectamente sabiendo lo que firma.<br>También resulta curioso que los cursos de uso del CE3 y C3X los están haciendo los delineantes por orden de sus "jefes".<br>Somos un pais de locos e idiotasAnónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-33835158579443568092013-07-03T18:09:22.395+02:002013-07-03T18:09:22.395+02:00De acuerdo al RD 235/2013, un delineante no puede ...De acuerdo al RD 235/2013, un delineante no puede firmar una certificación energética a día de hoy. Se ha dejado la puerta abierta a que en el futuro nuevas titulaciones puedan realizar estos trabajos, pero no existe legislación aun al respecto. No creo que ni que podáis actuar como técnicos ayudantes, pues dudo mucho que entre las atribuciones definidas a día de hoy este la de actuar "como ayudante del técnico competente en el proceso de certificación energética de edificios".Certificación energética Zaragozahttp://www.certificacionenergeticazaragoza.esnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-60556195182388552782013-07-02T20:36:16.170+02:002013-07-02T20:36:16.170+02:00vamos a ver si me aclaro, yo soy delineante superi...vamos a ver si me aclaro, yo soy delineante superior, si me saco el famoso curso de 300 horas podre firmar el certificado energetico o necesitare un arquitecto???<br><br>gestionobrasmorales@hotmail.es<br><br>para contestar!!! graciasUnknownhttps://draft.blogger.com/profile/05907187717620951814noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-405832396174458252.post-54314860093580612042013-04-17T09:37:15.548+02:002013-04-17T09:37:15.548+02:00A mi entender, sí que debe de obtener en certifica...A mi entender, sí que debe de obtener en <br><a href="http://www.certificacionenergeticazaragoza.es/?utm_source=comentarios&utm_medium=comentarios&utm_campaign=comentarios" rel="nofollow">certificado energético</a>, pues la norma excluye los edificios aislados, o sus partes, de menos de 50 m², y el edificio al que pertenezca ese piso tendrá más de 50 m².José Javier Sánchezhttps://draft.blogger.com/profile/06852411742446473686noreply@blogger.com