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Certificado energético: inconsistencias, aspectos oscuros y puntos de mejora.

Hace casi un mes que se aprobó el Real Decreto de certificación energética y alguna semana desde que se publicó en el BOE. Ahora que hemos tenido tiempo de analizarlo y compararlo con los borradores anteriores, creo que podemos emitir un dictamen sobre el texto definitivo.
 
 
Como en todas las normativas que buscan un beneficio medioambiental, siempre queda la sensación de que se podría haber sido más ambicioso y haber aprovechado la oportunidad para aspirar a lo máximo y no quedarnos en consensos de mínimos. Pero también es cierto que este ya famoso Real Decreto 235/2013 de certificación de eficiencia energética de edificios ha sido objeto de encarnizados debates y ha creado un nivel de expectativa como  seguramente ningún otro Real Decreto de corte técnico en la historia. Al final, se ha buscado agradar a todas las partes involucradas, pero en mi opinión se ha conseguido un nivel bastante alto en el grado de adhesión al espíritu que marcaban las directivas europeas (del 100%). Aun así, hay algunas sorpresas negativas, aspectos poco claros y puntos de mejora.


 
El primer punto negativo, a mi entender el más importante, es no solo la eliminación del ámbito de aplicación del RD a las reformas, rehabilitaciones o modificaciones de importancia en edificios existentes, sino la inclusión en el listado de excepciones a la norma. Tal decisión carece de argumento alguno desde el momento en que en el preámbulo se define como objetivo de la norma el fomentar las inversiones en ahorro de energía. Cierto es que la directiva europea 2010/31/UE no incluye este supuesto en su ámbito de aplicación, pero creo que se ha malogrado una buena oportunidad para el fomento de la certificación energética.
 
Otro aspecto negativo es el de la indefinición de los futuros técnicos competentes para realizar el certificado energético. Como ya he manifestado en otros artículos de este blog sobre certificación energética, creo que otros profesionales con titulaciones de grado superior podrían hacerse cargo de la certificación energética de ciertos inmuebles. Pero el texto aprobado simplemente deja la puerta abierta a que en un futuro (cercano o lejano) se pueda ampliar a estos profesionales la habilitación para la realización de estos trabajos. Si se tarda mucho en definir que titulaciones pueden añadirse a la lista de técnicos competentes se habrá perdido un posible foco de generación de empleo para esos profesionales. No olvidemos que el grueso de trabajo a realizar lo tenemos ahora delante, pues contamos con un gran stock de inmuebles a la venta o en alquiler. Dado el retraso en el la aparición del RD, bien se podría haber aprovechado ese tiempo en definir claramente este aspecto.
 
El Real Decreto también tiene puntos que no han quedado muy claros, o que no han sido entendidos por lo profesionales. Entre estos hay dos que están generando bastante debate:
 
  • Certificación de edificios, o sus partes, de menos de 50 m2.
  • Certificación de edificios, o sus partes, de titularidad privada de más de 500 m2 y abiertos al público.
Según la interpretación que hago yo de la norma, en el primer caso solo los inmuebles de menos de 50 m2 "aislados" (o "independientes" como los denomina la directiva europea) no deben ser certificados. Pero como digo, hay otras interpretaciones, como la del Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales que piensa que no se debe certificar ningún inmueble, o sus partes, de menos de 50 m2.
 
Respecto al segundo punto, cuando aparecieron los primeros borradores del futuro Real Decreto, yo entendí que, buscando una acción ejemplarizante, todos los inmuebles de más de 500 m2 de titularidad privada y visitados regularmente pro el público deberían obtener su certificado energético, y mostrarlo en lugar bien visible. Con el texto definitivo delante, entiendo que esa obligación ha desaparecido y se reduce únicamente a la aplicación de la casuística que se define en el ámbito de aplicación del RD (es decir, cuando se vendan o alquilen). En mi opinión, se ha vuelto a perder una buena oportunidad para el fomento del certificado energético, aunque, de nuevo, este supuesto nunca formó parte de la directiva europea anteriormente mencionada.
 
Me gustaría abrir un debate al público y pedir que propongáis aspectos de mejora para este nuevo y flamante Real Decreto.
 
Por cierto, aun estoy sorprendido porque no haya aparecido el habitual RD de corrección de errores típico en cualquier normativa de corte técnico. Igual lo vemos dentro de poco, pues alguna errata y gazapo se ha colado en la redacción publicada en el BOE.
 
 

Certificado energético: inconsistencias, aspectos oscuros y puntos de mejora.

Hace casi un mes que se aprobó el Real Decreto de certificación energética y alguna semana desde que se publicó en el BOE. Ahora que hemos tenido tiempo de analizarlo y compararlo con los borradores anteriores, creo que podemos emitir un dictamen sobre el texto definitivo.
 
 
Como en todas las normativas que buscan un beneficio medioambiental, siempre queda la sensación de que se podría haber sido más ambicioso y haber aprovechado la oportunidad para aspirar a lo máximo y no quedarnos en consensos de mínimos. Pero también es cierto que este ya famoso Real Decreto 235/2013 de certificación de eficiencia energética de edificios ha sido objeto de encarnizados debates y ha creado un nivel de expectativa como  seguramente ningún otro Real Decreto de corte técnico en la historia. Al final, se ha buscado agradar a todas las partes involucradas, pero en mi opinión se ha conseguido un nivel bastante alto en el grado de adhesión al espíritu que marcaban las directivas europeas (del 100%). Aun así, hay algunas sorpresas negativas, aspectos poco claros y puntos de mejora.

Disculpadme...

Tras revisar el resumen del Consejo de Ministros de este viernes y comprobar que no hay ninguna referencia al Real Decreto de certificación energética, solo me queda pedir a todos disculpas por el estrepitoso fallo en el vaticinio de la posible aprobación de la certificación energética el pasado viernes.
 


He de decir que, con sinceridad, creía, por los datos que valoraba, que se iba a aprobar el viernes la certificación energética.
 
Quiero dar las gracias a aquellos que me informaron en seguida que no era posible la aprobación de la certificación energética por encontrarse aun en tramitación en el Consejo de Estado.
 
Prometo no volver a realizar prácticas de adivinación...

Disculpadme...

Tras revisar el resumen del Consejo de Ministros de este viernes y comprobar que no hay ninguna referencia al Real Decreto de certificación energética, solo me queda pedir a todos disculpas por el estrepitoso fallo en el vaticinio de la posible aprobación de la certificación energética el pasado viernes.
 

A las puertas de la entrada en vigor de la certificación energética

El pasado 31 de enero el Consejo de Estado recibió la propuesta del Ministerio de Industria del definitivo borrador de Real Decreto de certificación energética.
 
No soy experto en tramitación de leyes, pero parece ser que todo Real Decreto tiene que ser sometido al dictamen del Consejo de Estado, máximo organismo asesor del Gobierno y  de sus ministros.
 
Esto significa que se va a aprobar la certificación energética en un plazo muy breve. ¿Y cuanto tiempo podría tardar este trámite? Pues para disponer de una referencia temporal podríamos fijarnos en que la consulta al Consejo de Estado sobre el borrador de Real Decreto de certificación energética se registró el 29 de marzo de 2012, y el Consejo emitió su dictamen en 19 de abril. Es decir, en tres semanas, aunque siendo sinceros la consulta se realizó con carácter de urgencia y se desconoce el carácter de la actual.



En cualquier caso el Consejo de Estado no debería extenderse mucho ara emitir su dictamen, pues es un buen conocedor de la futura norma, ya que ha emitido varios informes sobre los anteriores borradores de Real Decreto, en cuya última redacción y el Ministerio de Industria ya había considerado todas las alegaciones realizadas.
 
Tras dar un vistazo a los últimos dictámentes del Consejo de Estado, normalmente en la misma semana en que son despachados el Gobierno los está tramitando en el Consejo de Ministros, por lo que quizás antes de final de mes tengamos ya publicado el esperado Real Decreto de certificación energética.

Paciencia, que ya queda poco para que se apruebe ,y que aquel profesional o empresa especializada en certificación energética pueda empezar a trabajar sobre el amplísimo parque de edificios existentes: tan solo el estudio y dictamen del consejo de estado y su posterior aprobación en Consejo de Ministros. 
 
 

A las puertas de la entrada en vigor de la certificación energética

El pasado 31 de enero el Consejo de Estado recibió la propuesta del Ministerio de Industria del definitivo borrador de Real Decreto de certificación energética.
 
No soy experto en tramitación de leyes, pero parece ser que todo Real Decreto tiene que ser sometido al dictamen del Consejo de Estado, máximo organismo asesor del Gobierno y  de sus ministros.
 
Esto significa que se va a aprobar la certificación energética en un plazo muy breve. ¿Y cuanto tiempo podría tardar este trámite? Pues para disponer de una referencia temporal podríamos fijarnos en que la consulta al Consejo de Estado sobre el borrador de Real Decreto de certificación energética se registró el 29 de marzo de 2012, y el Consejo emitió su dictamen en 19 de abril. Es decir, en tres semanas, aunque siendo sinceros la consulta se realizó con carácter de urgencia y se desconoce el carácter de la actual.

¿Y que ocurre ahora con las certificaciones energéticas ya realizadas?

El retraso en la entrada en vigor de la certificación energética ha dejado en fuera de juego a muchos profesionales y empresas que llevan tiempo realizando labor comercial e incluso certificando ya inmuebles de clientes que decidieron adelantarse y tener hechos los deberes para el día que la certificación energética fuese una realidad.
 
Pero la fecha prevista del 1 de enero de 2013 ha pasado y seguimos esperando la aprobación de la certificación energética, y conozco de primera mano el caso de una empresa especializada en certificación energética que ha realizado en los últimos meses numerosas certificaciones de inmuebles residenciales. ¿Qué ocurre ahora con dichas certificaciones si se ha retrasado la entrada en vigor de la norma que las regula?



Pues nos encontramos con una situación ambigua, pues siendo puristas, se puede llegar a considerar que dichas certificaciones no tienen validez, pues no han sido realizadas bajo ningún marco legal (el Real Decreto que las define no ha sido aun aprobado), pero si que son técnicamente correctas, pues los programas informáticos utilizados tienen la categoría de documentos reconocidos por el Ministerio de Industria.
 
La solución a todas estas situciones es sencilla y se la van a ofrecer a sus clientes todos los profesionales y empresas de certificación energética. Mientras esperamos que se apruebe el Real Decreto de certificación energética, los clientes pueden utilizar la certificación de sus propiedades como un factor diferencial en un mercado (el inmobiliario) actualmente colapsado y carente de inmuebles con valor añadido. Y cuando se apruebe la norma, los técnicos emitiran y firmarán de nuevo la certificación energética, con la fecha ya posterior a la entrada en vigor.
 
Es decir, que aquellos clientes que decidieron ser pioneros y vieron la ventajas que suponía adelantarse y certificar cuanto antes sus propiedades, no deben preocuparse: se espera una pronta aprobación de la ley y mientras tanto pueden utilizar sus certificados para posicionar y diferenciar su inmueble, mejorando sus posibilidades de venta o alquiler.
 

¿Y que ocurre ahora con las certificaciones energéticas ya realizadas?

El retraso en la entrada en vigor de la certificación energética ha dejado en fuera de juego a muchos profesionales y empresas que llevan tiempo realizando labor comercial e incluso certificando ya inmuebles de clientes que decidieron adelantarse y tener hechos los deberes para el día que la certificación energética fuese una realidad.
 
Pero la fecha prevista del 1 de enero de 2013 ha pasado y seguimos esperando la aprobación de la certificación energética, y conozco de primera mano el caso de una empresa especializada en certificación energética que ha realizado en los últimos meses numerosas certificaciones de inmuebles residenciales. ¿Qué ocurre ahora con dichas certificaciones si se ha retrasado la entrada en vigor de la norma que las regula?