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Certificado energético: las 10 cuestiones que realmenten interesan a la gente (2º parte)

En la primera parte de este artículo sobre el certificado energético os presentaba las preguntas más habituales que recibo de la gente. Quiero puntualizar que no me refiero a los profesionales del sector inmobiliario (alguno hay, pero son los menos) si no al ciudadano corriente. En esta segunda parte me gustaría realizar un ejercicio conjunto con todos vosotros, los profesionales del sector, y que juntos tratásemos de definir un argumentario realmente eficaz que podamos utilizar para presentar a la sociedad la certificación energética. Preferiría recibir vuestras ideas a través de la opción de comentarios de este blog, mejor que a través de la redes sociales que suelo usar para su distribución (principalmente Facebook, Google+ y LinkedIn), pues así cualquiera podrá tener a su alcance ese conjunto de ideas o argumentos que entre todos generemos.

Yo, como profesional del ahorro de energía, os voy a contar las respuestas y argumentos que suelo aportar a los ciudadanos que me hacen las preguntas tan "particulares" que os conté. Por supuesto, aunque vuestras ideas o argumentos no estén relacionados con estas cuestiones, serán igualmente (seguramente más) bien recibidas. Para hacerlo más ameno, voy a redactarlo como si se tratase de una conversación entre el propietario de un inmueble que quiere ponerlo a la venta o en alquiler y yo, tras haberle explicado los fundamentos del certificado energético. Comencemos:



PROPIETARIO: Todo esto del certificado energético puede estar muy bien, pero ¿cuándo me van a obligar a encargar el certificado energético de mi inmueble?

YO: Las últimas y más fiables noticias indican que será obligatorio a partir del 1 de junio de 2013

PROPIETARIO: Y si ya tengo para entonces el piso alquilado o vendido, ¿también tendré que encargar el certificado energético
 
YO: No, no es retroactivo. Los inmuebles ya alquilados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la norma no tienen la obligación de realizar el certificado energético del inmueble.
 
PROPIETARIO: Entonces tampoco tendré que certificar el piso en el que vivo si es de mi propiedad, ¿verdad?
 
YO: Por supuesto. Como te he comentado, entre otros supuestos, solo afecta a los inmuebles que se vendan o alquilen a partir de la fecha de entrada en vigor.
 
PROPIETARIO: De todos modos, el piso que quiero vender o alquilar es muy antiguo y no tiene calefacción, ¿tengo también que encargar el certificado energético?

YO: Si. El certificado energético valora los inmuebles no en función del consumo real de energía si no de la demanda teórica de energía para satisfacer unas determinadas condiciones de confort. Aunque no tengas un sistema tradicional de calefacción, de alguna manera tendrá el nuevo propietario o inquilino que caldear el ambiente en invierno, que aquí hace bastante frío...

PROPIETARIO: Como te digo, el piso es bastante antiguo. ¿Qué pasa si no "apruebo" el certificado energético?

YO: El certificado energético no es un examen que se pueda suspender. Simplemente ordena los inmuebles según su eficiencia energética, es decir, el menor o mayor gasto energético necesario otorgándoles una letra que varía desde la A (los que menos energía necesitan) a la G (los que más consumen). Si tu inmueble fuese el menos eficiente de España, se le catalogaría como G. Como ves, no hay suspensos.

PROPIETARIO: Perfecto, no suspendo, pero
¿me van a obligar a realizar obras en mi inmueble?

YO: No. El certificado energético es meramente informativo y no obliga a obra o rehabilitación alguna, sea cual sea su resultado.

PROPIETARIO: Menos mal. Pero, aun así, ¿cuánto cuesta el certificado energético?

YO: Es una pregunta difícil, pues puede variar mucho de una empresa a otra. Te recomiendo para informarte sobre el trabajo a realizar que lees mi artículo sobre el precio del certificado energético (por supuesto, no les contesto así; entenderéis todos las razones de esta respuesta esquiva).
 
PROPIETARIO: Con todo esto seguro que la Administración sacará algún beneficio. ¿Me van a cobrar alguna tasa?
 
YO: Personalmente creo que no, pero no te voy engañar, podría ser. A día de hoy se desconoce tanto si la administración cobrará alguna tasa por el registro obligatorio del certificado energético como si será obligatorio visarlo en el colegio profesional, lo que encarecería el precio del servicio.
 
PROPIETARIO: Y si al final decido no gastarme el dinero y no certificar mi piso,  ¿lo podre vender o alquilar?´
 
YO: Todavía desconocemos los mecanismos que la Administración podrá en marcha para garantizar el cumplimiento de la norma. Algunos afirman que se exigirá en la notaría en el caso de venta para la formalización de la transacción y otros cuando se deposite la fianza en el caso del alquiler. En cualquier caso, estarás incumpliendo una norma. Si me estás preguntando si la Administración se va a dar cuenta, no te puedo responder con seguridad.
 
PROPIETARIO: Pero si no me lo exige ni el notario cuando lo venda ni el funcionario cuando deposite la fianza del alquiler, ¿cómo se puede enterar la Administración de que no dispongo del certificado energético?
 
YO: El certificado debe registrarse obligatoriamente en el órgano competente de cada comunidad autónoma. Puesto que las transacciones inmobiliarios y los alquileres también deben ser notificados, un simple cruce de datos entre departamentos sería suficiente para detectar fraudes. De todos modos, no tengo constancia de que se esté preparando algo de este tipo.
 
PROPIETARIO: Y si se enterasen, ¿me apercibirían o me pondrían una multa?
 
YO: En este caso hay previsto un régimen sancionador y no disponer del certificado energético se considera falta en la protección al consumidor, por lo que te multarían.
 
PROPIETARIO: De acuerdo, pero seguro que tu como experto me podrás contar qué puedo hacer para no tener que certificar mi inmueble. Hecha la ley, hecha la trampa, ¿no?
 
YO: Mi consejo como experto es que no te compliques innecesariamente la existencia. Si vas a vender o alquilar tu piso, búscate al profesional o empresa de certificación energética que mejor se adapte a tu presupuesto y pretensiones, y sácale el mayor partido a la información que te ofrece el certificado energético.  
 
Como veis, un tema aparentemente trivial puede dar mucho juego. Conversaciones como la anterior he tenido bastantes, y seguro que a vosotros os habrá ocurrido lo mismo.
 
Os animo a dejar comentarios abajo aportando ideas para que entre todos lo profesionales del sector podamos definir un buen argumentario que haga que la ciudadanía no vea el certificado energético como un nuevo "impuesto".  Vaya por delante mi agradecimiento a todos los que se animen.
 

9 comentarios:

  1. En mi opinión, creo que el principal problema a solventar es la concienciación en la sociedad de que el certificado energético es un valor añadido a nuestros inmuebles. Tener un mayor valor (A) implica un menor gasto en luz y gas y por tanto ese piso tiene una mayor calidad y ahorro que otro con menor valor energético y su valor real es mayor. Por mi corta experiencia en el sector esta es la llave que hace que la gente valore el certificado energético como un índice de calidad de los inmuebles y como un gran paso hacía la sostenibilidad ecológica del inmueble y hacía un ahorro mensual.
    Verdaderamente la conversación es muy realista.

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    1. Totalmente de acuerdo, pero creo que el concepto del valor añadido (menos gasto, revalorización del inmueble, calidad, sostenibilidad, etc) es difuso para el ciudadano. ¿No deberíamos quizás monetarizar esos conceptos de forma realista(darles un valor en euros)? Como escuche ayer en un documental de la 2 (se llama Supervivencia, y es una serie documental que recomiendo a los interesados en la sostenibilidad) la economía humana es un sistema mucho más complejo que el cambio climático...

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  2. Yo creo que sin una concienciación ciudadana esto no va a ningún lado. La gente seguirá mirando el precio del inmueble sin prestar atención a nada mas. Sin concienciación y divulgacion a cualquier persona que se le trate este tema ni siquiera sabrá de lo que se le habla. Solo dirán que si es un impuesto mas, que si siempre toca pagar, que a mi me da igual, que si el afan recaudatorio etc..
    Hay que partir de que el ciudadano tiene un total desconociemiento y de los tiempos que corren. Si van a comprar miraran el precio y no harán un calculo objetivo del consumo de la vivienda comparado con viviendas mas eficientes y el sobrecoste.
    "Esta vivienda cuesta este dinero porque se le han hecho estas reformas para mejorar la eficiencia y le va a ahorrar tanto dinero anualmente.."
    "Si usted mira lo que se ahorra en esos mas o menos 20 años y el precio de la reforma.." mire si le comprensa!!
    Me da igual! Cuesta 20000€ mas! Por desgracia esa va a ser el 90% de las veces, apaga y vámonos.

    Ahora bien, si se conoce de lo que hablamos toda tiene su lógica y su precio pero os pongo otro ejemplo..
    Que ocurriría se yo hiciese certificados y les pusiera a todos una "G" eso si, a 50€. Sabemos que ocurriría?
    Me refiero a lo mismo que ese 90% de la gente tiene esa percepción errónea y desinteresada, porque no pagarían por un certificado de 50€ si nadie lo va a comprobar. Saludos!

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    1. Muy buena tu reflexión sobre la G y los 50€. Da que pensar...

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  3. Hola José Javier:
    Mi pregunta es sobre los requisitos para hacerse certificador. Cuales son los requisitos. Se requiere alguna titulación específica. He leído en varios sitios que hay que realizar un curso dirigido a profesionales con titulación habilitante para realización de proyectos de edificación o instalaciones térmicas y con experiencia en Energía, Climatización y Eficiencia energética. Sólamente es para arquitectos, aparejadores e ingenieros??
    Los técnicos de FP como por ejemplo el Técnico Superior en Proyectos de Edificación y con carné profesional de instalaciones Térmicas en Edificios, se puede acreditar como certificador oficial??
    Gracias.
    PD: Muy interesante este tema de la certificación energética. Buen trabajo.

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    1. Gracias por tus palabras de apoyo. A falta de conocer el Real Decreto aprobado, pues aun no ha sido publicado en el BOE, los técnicos competentes para realizar y firmar el certificado energético son los profesionales de la arquitectura que tienen competencias y atribuciones para la realización de proyectos de edificación y los de la ingeniería para la realización de proyectos de sus instalaciones técnicas. Entiéndase realización de proyectos como la redacción y firma del documento técnico, bien sea en la edificación o en las instalaciones térmicas. No hace falta realizar ningún curso, peo en esos cursos que han proliferado como setas lo que te suelen hacen es enseñarte a manejar los programas informáticos oficiales que el ministerios ha habilitado. Respecto al asunto de los técnicos de FP, parece ser que se va a crear la figura del ´técnico auxiliar (alguien que colabore en el proceso pero que no firma) pero aún no han transcendido que grado será habitante para ejercer como técnico auxiliar.

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  4. Hola, buenas.

    Yo quería saber si los apartamentos de menos de 50 metros cuadrados están excluidos de la obligatoriedad del certificado o no.

    Gracias y saludos

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  5. Hola buenas, quería saber si un apartamento de menos de 50 metros cuadrados útiles queda excluido de la obligatoriedad del certificado.

    Muchas gracias

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    1. A mi entender, sí que debe de obtener en
      certificado energético, pues la norma excluye los edificios aislados, o sus partes, de menos de 50 m², y el edificio al que pertenezca ese piso tendrá más de 50 m².

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